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PAÍS VASCO


 

PAIS VASCO: LA LEY IMPIDE TENER FARMACIA A MUNICIPIOS POR DEBAJO DE 800 HABITANTES 

 


Según el artículo 14 de esta Ley 11/1994, no  se autorizarán oficinas de farmacia en municipios de menos de 800 habitantes,  prestándose, en su caso, la atención farmacéutica a través de botiquines  (vid. artículo 25). Sólo de forma excepcional, cuando en programas de fomento  de ciertas zonas especialmente deprimidas se prevea contemplar a  instancia de las Administraciones Locales, entre otras medidas, la creación de  oficinas de farmacia, se podrá autorizar dicha creación en municipios de menos de 800 habitantes.


La distribución de las farmacias en el País Vasco. La Ley de farmacias del País Vasco (Ley 11/1994, de 17 de junio, de Ordenación Farmacéutica del País Vasco) prohíbe la apertura de farmacias en municipios con menos de 800 habitantes.


 

EstudioUDALMAP, INDICADORES MUNICIPALES DE SOSTENIBILIDAD EN LA C.A. DE EUSKADI". Informe Anual. 2009, realizado por Departamento de Hacienda y Administración Pública, Viceconsejería de Economía, Presupuestos y Control Económico, Dirección de Economía y Planificación del Gobierno Vasco, en el cual en la pág. 160, afirma que:

 

 


Si se atiende a la distribución de las farmacias por municipios, se constata que un total de 83 municipios no disponían de farmacia propia, según los datos disponibles.

 

 


 

 

FARMACIAS. A través de este indicador se obtiene el número de farmacias ubicadas en cada uno de los municipios de la CAE, por cada 10.000 habitantes.

 

En la CAE se contabilizan un total de 3,8 farmacias por cada 10.000 habitantes.

 

Por territorios, la media de Gipuzkoa supera ligeramente a los otros territorios y en su mayor parte, el territorio muestra una distribución intermedia y equilibrada.

 

Si se atiende a la distribución de las farmacias por municipios, se constata que un total de 83 municipios no disponían de farmacia propia, según los datos disponibles. De éstos, sólo dos superan los 1.000 habitantes, Irura y Berriatua, muy cercanos a Tolosa y Ondarroa respectivamente.

 

En todo caso destacan varias zonas donde esta carencia está notablemente extendida, incluidas diversas áreas de Álava y las zonas rurales del Nordeste de Bizkaia.

 

Otra zona con una dotación relativamente escasa puede ser la margen derecha del Gran Bilbao.

 

En el valle del Oria (Tolosaldea y Goierri) se observa con claridad el efecto de absorción que generan los municipios urbanos respecto a sus contornos rurales.

 



Mapa de distribución de las farmacias en el País Vasco,

Archivo 1. Álava, Archivo 2.Guipúzcoa, Archivo 3. Vizcaya,  Archivo 4. Mapa País Vasco


Mapa de distribución de las farmacias del País Vasco 


Mapa de distribución de las farmacias de Alava 
Mapa de distribución de las farmacias de Guipúzcoa 
Mapa de distribución de las farmacias de Vizcaya 


 

 

El resultado de este mapa es extremadamente desproporcionado, pues la mayoría de los ratios poblacionales están  próximos a los 3000 habitantes y los núcleos de población inferiores a los 800 habitantes carecen de oficina de farmacia. Aquí vemos perfectamente que el argumento dado por los Colegios de Farmacéuticos, que ante una posible liberalización las zonas rurales, quedarían desatendidas es falso, pues en este caso es la propia ley la que impide que poblaciones inferiores a 800 habitantes tengan una oficina de farmacia. Eso da lugar a la imposibilidad de abrir farmacias tanto en núcleos rurales como urbanos.

 

 

La entrada en vigor de la ley de farmacias de País Vasco, supuso el cierre de dos farmacias ubicadas en localidades de menos de 800 habitantes. La ley sólo contempla la instalación de botiquines en núcleos con esa población. Archivo 5. Cierres.  Así en,

 

Alava: La ley no permite que 28, de los 51 municipios arabarras tengan su propia farmacia, debido a criterios de población y proximidad. (Más de la mitad de lo municipios). En el mapa de distribución de farmacias son señalados con color amarillo limón. Archivo 6. Municipios sin farmacia en Alava.


Por ej. el millar de habitantes de Lantarón no dispone de una farmacia dentro de los límites de su municipio. Sus deben acudir a los establecimientos de Miranda de Ebro, en Burgos, o Rivabellosa. Archivo 7. Lantaron. 


Vizcaya: 19 municipios carecen de servicio directo, otros tienen botiquines. Archivo 8 Municipios sin farmacia en Vizcaya.  Guipúzcoa: el caso es semejante al de las otras provincias vascas.

 

En la actualidad existen 816 oficinas de farmacia con ratios superiores a los 2600habitantes por farmacia (media aritmética, por tanto en práctica son más elevados), y grandes zonas rurales desatendidas.

 

Esta legislación por tanto, provoca la no accesibilidad o desabastecimiento de los medicamentos a las zonas rurales. Sin embargo, si tenemos en cuenta la rentabilidad de la farmacia en el País Vasco así como sus restricciones en cuanto al acceso a una farmacia, da lugar el negocio cautivo que supone la apertura de una farmacia y una ley de la oferta y la demanda cada vez más salvaje ha supuesto que se haya batido el récord de traspaso de una farmacia en Bizkaia por más de 4,20 millones de euros. Archivo 9. Traspaso


Con la legislación anterior, el criterio para autorizar una nueva oficina era el incremento de población de cada municipio, sin tener en cuenta las redistribuciones de los habitantes en una misma capital, por ejemplo. Sin embargo, desde 1994, la legislación dice  emplear un concepto más flexible, como es el de zona farmacéutica, que sin embargo ha dado lugar a la ley más restrictiva de España. Las zonas farmacéuticas,

 

 

  • En los municipios grandes. La Ley de Ordenación Sanitaria indica que en las capitales o grandes municipios exista una zona de salud por cada 3.200 habitantes y que en cada una esté abierta una farmacia.
  • Zonas de salud y localidades. Otra división es la que se equiparan pueblos con zonas estableciéndose una botica cada 2.800 vecinos.
  • En las áreas rurales. Conforman un área farmacéutica varios municipios pequeños que tienen que sumar 2.500 personas para contar con una farmacia. Archivo 10. zonas_farmaceuticas.

 

Por tanto en el País Vasco, no se autorizarán oficinas de farmacia en municipios de menos de 800 habitantes, según proceda, por la clasificación de la zona farmacéutica, el número de oficinas de farmacia será de una por 3.200 habitantes, y se podrá abrir otra por superar fracción en 2.500 habitantes; ó una por cada 2.800 habitantes, y otra por superar fracción de 2.500 habitantes; ó como máximo una por cada 2.500 habitantes.

 

Eso da lugar a la demanda social de farmacias, por ej. la población  vizcaína de Maruri-Jatabe

 

“El servicio de farmacia es una de las históricas necesidades y demandas tanto de la administración local como de los residentes en este municipio de 860 habitantes, para quienes no es suficiente el que se les ofrezca un pequeño botiquín instalado en los bajos de la casa consistorial”. Archivo 11. Maruri.


Desde 2002, solo se han ofertado 7 oficinas de farmacia. Archivo 12. zonas y baremos.


PAÍS VASCO: El pasado día 30 de junio se publicó en el B.O.P.V Orden de 9 de junio del Consejero de Sanidad por la que se anuncia la posibilidad de instalar 6 nuevas oficinas de farmacia iniciándose el procedimiento para su creación. Las nuevas aperturas son: 2 en la Zona Farmacéutica de Vitoria- Gasteiz, 1 en la de Hernani, debiendo ubicarse en el municipio de Urnieta, 1 en la de Leioa, y tendrá que ubicarse en el municipio de Leioa, 1 en la de Sopelana, y se ubicará en el municipio de Sopelana, y 1 en la de Plentzia, que deberá ubicarse en el municipio de Lemoiz. El plazo de presentación de las solicitudes debidamente cumplimentadas vence el próximo 30 de julio de 2003.

 

En la anterior convocatoria mediante Orden de 20 de junio de 2002 se convocaba una nueva oficina de farmacia en la Zona Farmacéutica de Vitoria-Gasteiz, tan sólo resultó excluida una solicitud, y participaron en el concurso 57 farmacéuticos, la puntuación más alta fue la de 27,137. En esta Comunidad se está en trámite de modificarse el Baremo de méritos tanto para el concurso de nuevas aperturas como el de transmisión.Resulta anecdótico, pero puede darse el caso de que un concursante con más puntuación que aquel que se la adjudica, se “quede fuera” al no haber optado por dicha oficina de farmacia en su orden de preferencia, en aquellas Comunidades Autónomas donde el solicitante ha de expresar el orden de preferencia en la solicitud de nueva apertura.

 


 

 


 

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