Home Judicialización Un absurdo problema de distancias en un modelo planificado, aunque sea de mínimos, unido a fuertes intereses políticos dan lugar a una farmacia judicializada, demostrando que la actual planificación no puede justificarse en defensa de la salud pública

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Un absurdo problema de distancias en un modelo planificado, aunque sea de mínimos, unido a fuertes intereses políticos dan lugar a una farmacia judicializada, demostrando que la actual planificación no puede justificarse en defensa de la salud pública PDF Print E-mail

 

 

SENTENCIA JUDICIAL


La farmacia de Obispo Irurita, legal para el Tribunal Supremo

 

C.R. . PAMPLONA

  • Salud y otras boticas cercanas habían litigado sobre si una bajera del barrio de San Juan respeta los 150 metros

 

Actualizada 28/09/2011 a las 01:00

 

 

El Tribunal Supremo ha fallado a favor de la farmacéutica pamplonesa Catalina Sagardoy Aguado, de 40 años, dictaminando que la bajera donde ha abierto una botica, en la plaza Obispo Irurita, 6, de Pamplona, frente al centro de salud de San Juan, se ajusta a la normativa y cumple la distancia mínima legal de 150 metros para ejercer su actividad sin vulnerar la ley. A su apertura se habían opuesto tanto el departamento de Salud como algunas farmacias de la zona, que consideraban que los 150 metros debían medirse según la práctica real en la zona (cruzar la plaza por medio, sin preocuparse del escaso tráfico), considerando así peatonal la plaza, y no por las correspondientes aceras y pasos de cebra (medición que se sigue cuando la zona está abierta al tráfico). Si se deduce que la plaza Obispo Irurita es peatonal, la farmacia de Sagardoy no podría abrirse; para que haya 150 metros de distancia debe medirse el recorrido por la acera.

 

La sentencia, indicaba ayer Sagardoy, que abrió el 30 de agosto gracias a una ejecución provisional de sentencia, "supone un alivio que llega después de 4 años de sufrimiento". Catalina Sagardoy solicitó la apertura en octubre de 2007. Se le denegó, porque Salud entendió que no cumplía la distancia mínima de 150 metros. Ella volvió a pedir la apertura aportando nueva documentación, como un informe de Policía Municipal en el que se decía que la plaza no es peatonal. Se le volvió a decir que no. Sagardoy recurre entonces al Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que en diciembre de 2009 le da la razón. Entonces es Salud y otras boticas próximas quienes piden al Tribunal Supremo, en Madrid, que revise la sentencia. Éste ha dado la razón a Sagardoy.

 

 

 

polémica por 150 metros

 

El Supremo falla que Salud denegó una licencia de farmacia ilegalmente

 

La botica, instalada en el barrio de san juan de Pamplona, fue solicitada en 2007

 

El alto tribunal confirma que cumple la distancia de 150 metros con la competencia

 

jesús morales - Martes, 27 de Septiembre de 2011 - Actualizado a las 05:24h

 

Primero fueron los jueces navarros y ahora lo han confirmado los del Tribunal Supremo. El Departamento de Salud del Gobierno de Navarra denegó en contra de la legalidad la apertura de una farmacia en el barrio de San Juan, en las proximidades del centro de salud. El Ejecutivo foral sostenía que la botica no respetaba la separación mínima de 150 metros con la competencia ya existente, algo que han rechazado los magistrados.


pamplona. El alto tribunal, que ahora abre la puerta a una cuantiosa reclamación por daños y perjuicios contra la Administración foral, ha desestimado los recursos del Gobierno de Navarra y de otras dos farmacéuticas que se oponían a la concesión de la licencia. Los magistrados han resuelto que en la sentencia del TSJN "no hay incongruencia ni falta de motivación", ya que aunque la resolución "sea más o menos extensa", expone las "razones por las que acuerda estimar el recurso contecioso-administrativo, cual es el camino computable para la medición de las distancias entre la oficina de la farmacia cuya apertura se solicita y las ya instaladas".

 

Con esta resolución del Supremo se pone el punto final al vía crucis administrativo y judicial emprendido por la farmacéutica demandante, Catalina Sagardoy, quien solicitó la apertura de una farmacia en la plaza Obispo Irurita, número 6 trasera, el 23 de octubre de 2007. Su petición se basaba en un informe de la Policía Municipal de Pamplona que concluía que la citada plaza "no tiene consideración de calle peatonal", de modo que los peatones debían circular por la acera que circunda la glorieta existente en la calle para completar el recorrido más corto.

 

En esas condiciones, y ante la existencia de un paso de cebra señalizado al principio de la calle, la distancia más reducida que mediaba entre el local y las boticas ubicadas en el entorno superaba los 150 metros, según sostenía la farmacéutica solicitante, requisito mínimo que establece la Ley Foral 12/2000 para la concesión de nuevas oficinas.

 

Para denegar la apertura de la farmacia, el 12 de febrero de 2008, Salud tomó en consideración la existencia de una señal situada en medio de la calle que prohibía el paso de vehículos, a excepción de los de urgencia. El departamento de María Kutz interpretaba que a partir de esa señal la calle se volvía peatonal, por lo que el camino más corto entre la farmacia de la calle Obispo Irurita, número 1, sería de 117,76 metros, frente a los 173,70 metros que midió la solicitante por la acera.

 

cerrazón de Salud Sagardoy recurrió la resolución de Salud y aportó nuevos informes municipales. Sin embargo, la licencia volvió a ser desestimada el 19 de agosto al entender Salud que la calle tiene dos zonas, una con paso de peatones y otra sin él, y que se podía cruzar la calle si se apreciaba que no había peligro.

 

Tras la correspondiente demanda judicial, el TSJN concluyó que, en el momento de solicitar la apertura de la farmacia, la plaza no tenía la consideración de peatonal "en absoluto, sino que estaba destinada en parte a la circulación de vehículos y en parte a la circulación de personas". La Sala estimó que en esas circunstancias se cumplía la distancia mínima de 150 metros exigida por la ley y autorizó al apertura de la botica.

 

El Supremo confirma aquella conclusión en otra sentencia, en la que destaca que el propio Defensor del Pueblo comprobó en persona que la plaza y la calle Obispo Irurita es "un vial abierto al tráfico rodado, con un grado de circulación de vehículos similar al de otras calles de parecidas características, sin que los peatones puedan discurrir ni cruzar la calzada fuera de los pasos habilitados al efecto".

 

 

 

 

 

catalina sagardoy


"Políticos han pedido favores para que no pudiera abrir"


j.m.s. - Martes, 27 de Septiembre de 2011 - Actualizado a las 05:24h

 

pamplona.  

 

¿Siempre tuvieron claro que llevaba la razón y que la farmacia era legal?


Sí, porque de hecho todos los informes que teníamos eran a nuestro favor. El del jefe de la Policía Municipal, el de los peritos, así como el de Protección Ciudadana. En todos se decía que la calle no era peatonal y que, por tanto, había distancia.

 

Le sorprendería entonces las constantes resoluciones de Salud que le denegaban la licencia.


Sí, porque cada vez que tenían que justificar una negativa argumentaban cosas distintas. Iban variando en función de los informes que yo les iba presentando.

 

Han sido cuatro años difíciles.


Han sido cuatro años muy duros. En diciembre de 2009 ya salió la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra y me han ido poniendo muchas cortapisas. Solicitamos la ejecución provisional de la sentencia y al final ha habido tantas dilaciones que la apertura se ha juntado con la sentencia del Supremo.

 

¿Va a solicitar una indemnización?


Ahora se supone que tendrán que indemnizarme con todo lo que corresponda. Están los abogados en ello, preparando la correspondiente demanda por daños y perjuicios.

 

¿Sospecha de que haya habido intereses ocultos para evitar que pudiera abrir su farmacia?


No sólo sospechas, sino certezas. Ha habido gente metida en política pidiendo favores para no poder abrir la farmacia. Sé que es muy difícil demostrarlo, pero quiero ir a la Fiscalía para exponer mi caso. Aunque sé que es muy difícil, voy a intentarlo. Hay personas conocidas.

 

Cuando vio esta oportunidad de negocio, ¿esperaba tener que afrontar tantas dificultades?


No, evidentemente no. Ahora estoy aliviada y satisfecha.

 

 

 

 

Canal » Farmacia

 

EL TRIBUNAL SUPREMO, A FAVOR DE LA APERTURA DE UNA FARMACIA DENEGADA POR SANIDAD DE NAVARRA

 

Pamplona 29/09/2011 La prensa navarra se ha hecho amplio eco de una resolución del Tribunal Supremo que, al cabo del tiempo, ha venido a dar la razón a una farmacéutica para la apertura de una farmacia en el barrio de San Juan, de Pamplona, cuya licencia le fue denegada por la consejería de Sanidad ante la oposición de dos colegas establecidos por considerar que no guardaba las distancias con respecto a las ya abiertas en el entorno.

 

Con esta resolución, el Tribunal Supremo pone el punto final al proceso abierto por la farmacéutica demandante de la nueva apertura, Catalina Sagardoy, quien solicitó la apertura de una farmacia en la plaza Obispo Irurita, número 6 trasera, el 23 de octubre de 2007. Su petición se basaba en un informe de la Policía Municipal de Pamplona que concluía que la citada plaza "no tiene consideración de calle peatonal", de modo que los peatones debían circular por la acera que circunda la glorieta existente en la calle para completar el recorrido más corto. En esas condiciones, y ante la existencia de un paso de cebra señalizado al principio de la calle, la distancia más reducida que mediaba entre el local y las boticas ubicadas en el entorno superaba los 150 metros, según sostenía la farmacéutica solicitante, requisito mínimo que establece la Ley Foral 12/2000 para la concesión de nuevas oficinas.

 

La noticia en los medios

 

Según se cuenta en 'Noticias de Navarra', para denegar la apertura de la farmacia, el 12 de febrero de 2008, Salud tomó en consideración la existencia de una señal situada en medio de la calle que prohibía el paso de vehículos, a excepción de los de urgencia. El departamento de María Kutz interpretaba que a partir de esa señal la calle se volvía peatonal, por lo que el camino más corto entre la farmacia de la calle Obispo Irurita, número 1, sería de 117,76 metros, frente a los 173,70 metros que midió la solicitante por la acera.

 

La demandante recurrió la resolución de Salud y aportó nuevos informes municipales. Sin embargo, la licencia volvió a ser desestimada el 19 de agosto al entender Salud que la calle tiene dos zonas, una con paso de peatones y otra sin él, y que se podía cruzar la calle si se apreciaba que no había peligro.

 

Tras la correspondiente demanda judicial, el TSJN concluyó que, en el momento de solicitar la apertura de la farmacia, la plaza no tenía la consideración de peatonal "en absoluto, sino que estaba destinada en parte a la circulación de vehículos y en parte a la circulación de personas". La Sala estimó que en esas circunstancias se cumplía la distancia mínima de 150 metros exigida por la ley y autorizó la apertura de la botica.

 

El Supremo confirma aquella conclusión en otra sentencia, en la que destaca que el propio Defensor del Pueblo comprobó en persona que la plaza y la calle Obispo Irurita es "un vial abierto al tráfico rodado, con un grado de circulación de vehículos similar al de otras calles de parecidas características, sin que los peatones puedan discurrir ni cruzar la calzada fuera de los pasos habilitados al efecto".

 

 

 

 

junto al centro de salud de san juan

 

Salud autoriza abrir una farmacia que denegó en contra de la legalidad

 

El TSJN sentenció que respetaba la distancia mínima de 150 metros

jesús morales - Martes, 10 de Mayo de 2011 - Actualizado a las 05:19h

 

El departamento de Salud se ha visto obligado a autorizar la apertura de una farmacia en las proximidades del ambulatorio del barrio de San Juan en Pamplona tras asumir que cumple la legalidad vigente, tal y como han determinado los jueces del Tribunal Superior de Justicia de Navarra. El Gobierno foral había denegado la licencia al entender erróneamente que no respetaba la distancia mínima de 150 metros que establece la ley respecto de otras oficinas ya existentes.

 

pamplona. La historia de esta botica se inició el 23 de octubre de 2007, fecha en la que Catalina Sagardoy solicitó su apertura en la plaza Obispo Irurita, número 6 trasera. Su petición se basaba en un informe de la Policía Municipal de Pamplona que concluía que la citada plaza "no tiene consideración de calle peatonal", de modo que los peatones debían circular por la acera que circunda la glorieta existente en la calle para completar el recorrido más corto.

 

En esas condiciones, y ante la existencia de un paso de cebra señalizado al principio de la calle, la distancia más reducida que mediaba entre el local y las boticas ubicadas en el entorno superaba los 150 metros, según sostenía la farmacéutica solicitante, requisito mínimo que establece la Ley Foral 12/2000 para la concesión de nuevas oficinas.

 

Después de que Salud desestimase hasta en dos ocasiones concederla la licencia, la farmacéutica presentó un recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN, que concluyó que había dos realidades "muy distintas". "Una de ellas es la realidad fáctica, o lo que es lo mismo, lo que se hace por la generalidad del público que deambula" por la plaza Obispo Irurita, y "otra cosa cuál es la realidad jurídica que debe tenerse en cuenta y que es lo que debería hacerse por los transeúntes que usan y caminan por dicha plaza".

 

Al respecto, la sentencia determinó que en el momento de solicitar la apertura de la farmacia, la plaza no tenía la consideración de peatonal "en absoluto, sino que estaba destinada en parte a la circulación de vehículos y en parte a la circulación de personas". En ese sentido, la Sala estimó que en el momento de hacerse la petición de apertura de farmacia, la medición con el resto de las oficinas debía "hacerse por el camino peatonal más corto y cruzando por los pasos de peatones existentes", como señala la normativa vigente, eso es "circunvalando la plaza y no cruzándola y pasando por la parte destinada a la circulación de vehículos". Debía cruzarse, asimismo, por el paso de peatones existente en el lugar, de modo que se cumplía la distancia mínima de 150 metros exigida por la ley.

 

Aunque el fallo se encuentra recurrido ante el Supremo, el departamento de Salud concedió el 4 de abril, en ejecución provisional de la sentencia, la autorización para la apertura de la farmacia, después de que la boticaria depositase un aval de 125.000 euros en el TSJN.

 

 

 

Los jueces autorizan abrir una farmacia que denegaba el Gobierno de Navarra


El TSJN dice que salud la rechazaba en contra de la "realidad jurídica"

La botica, en el barrio de San Juan de Pamplona, sí respeta la distancia con otras oficinas

 

jesús morales - Jueves, 14 de Enero de 2010 - Actualizado a las 07:21h.

 

 

pamplona. Los jueces han vuelto a enmendar una decisión irregular del Departamento de Salud del Gobierno de Navarra relacionada con la apertura de una farmacia en Pamplona. En esta ocasión, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha autorizado una botica en el barrio de San Juan, frente al ambulatorio, que el Ejecutivo foral denegaba por entender que no respetaba la separación mínima de 150 metros con otras oficinas ya existentes. La sentencia es recurrible ante el Supremo.

 

La farmacéutica demandante, Catalina Sagardoy, solicitó la apertura de una farmacia en la plaza Obispo Irurita, número 6 trasera, el 23 de octubre de 2007. Su petición se basaba en un informe de la Policía Municipal de Pamplona que concluía que la citada plaza "no tiene consideración de calle peatonal", de modo que los peatones debían circular por la acera que circunda la glorieta existente en la calle para completar el recorrido más corto.

 

En esas condiciones, y ante la existencia de un paso de cebra señalizado al principio de la calle, la distancia más reducida que mediaba entre el local y las boticas ubicadas en el entorno superaba los 150 metros, según sostenía la farmacéutica solicitante, requisito mínimo que establece la Ley Foral 12/2000 para la concesión de nuevas oficinas.

 

Para denegar la apertura de la farmacia, el 12 de febrero de 2008, Salud tomó en consideración la existencia de una señal situada en medio de la calle que prohibía el paso de vehículos, a excepción de los de urgencia. El departamento de María Kutz interpretaba que a partir de esa señal la calle se volvía peatonal, por lo que el camino más corto entre la farmacia de la calle Obispo Irurita, número 1, sería de 117,76 metros, frente a los 173,70 metros que midió la solicitante por la acera.

 

Sagardoy recurrió la resolución de Salud y aportó nuevos informes municipales, todos favorables a su solicitud. Sin embargo, la licencia volvió a ser desestimada el 19 de agosto al entender Salud que la calle tiene dos zonas, una con paso de peatones y otra sin él, y que se podía cruzar la calle si se aprecia que no hay peligro. Lo contrario es "alargar la medición de forma artificial", dijo.

 

Ahora, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha concluido que hay dos realidades "muy distintas". "Una de ellas es la realidad fáctica, o lo que es lo mismo, lo que se hace por la generalidad del público que deambula" por la plaza Obispo Irurita, y "otra cosa cuál es la realidad jurídica que debe tenerse en cuenta y que es lo que debería hacerse por los transeúntes que usan y caminan por dicha plaza".

 

Al respecto, la sentencia determina que al momento de solicitar la apertura de la farmacia, la plaza no tenía la consideración de peatonal "en absoluto, sino que estaba destinada en parte a la circulación de vehículos y en parte a la circulación de personas". Por eso, "se configuró un pavimento distinto para unos y otros usos, diferenciado en los materiales empleados para cada uno de ellos, en el color y la altura en la que se encontraba cada uno de ellos".

 

La Sala estima que en el momento de hacerse la petición de apertura de farmacia, la medición entre la farmacia existente y la nueva farmacia "debe hacerse por el camino peatonal más corto y cruzando por los pasos de peatones existentes", como señala la normativa vigente, eso es "circunvalando la plaza y no cruzándola y pasando por la parte destinada a la circulación de vehículos" y debe cruzarse, asimismo, por el paso de peatones existente, de modo que se cumple la distancia mínima de 150 metros exigida por la ley.

 

las claves


· 23 de octubre de 2007. Catalina Sagardoy solicita la apertura de una farmacia en la plaza Obispo Irurita, número 6 trasera. Se basa en un informe de la Policía Municipal que concluye que la citada plaza "no tiene consideración de calle peatonal". Realizando el recorrido por la acera se suman 173,70 metros de distancia.

 

· 12 de febrero de 2008. Salud deniega la licencia y toma en consideración la existencia de una señal situada en medio de la calle que prohibe el paso de vehículos, a excepción de los de urgencia. Dice que a partir de esa señal la calle se vuelve peatonal, por lo que no hay suficiente distancia (117,76 metros).

 

· 19 de agosto de 2008. Tras el recurso de la farmacéutica, Salud vuelve a rechazar la licencia. Sostiene que la calle tiene dos zonas, una con paso de peatones y otra sin él, y que la calle puede cruzarse si se aprecia que no hay peligro.

 

· 19 de diciembre de 2008. Catalina Sagardoy presenta un recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN al considerar que la decisión de Salud es arbitraria y no se ajusta a la legalidad.

 

· 16 de diciembre de 2009. El tribunal determina que la plaza Obispo Irurita no es peatonal "en absoluto", en contra de lo que asegura Salud, y admite que la apertura de la farmacia es legal por respetar la distancia.

 
 

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