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En 2004 en Andalucía fue anulada la adjudicación de 182 farmacias, debido a una fuerte judicialización de quejas y reclamaciones, demostrando que los mecanismos jurídicos de la Administración son ineficaces para abrir las farmacias necesarias |
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Lo que demuestra que las leyes de ordenación farmacéutica no son coherentes, en el fin que dicen perseguir: la defensa de la salud pública.

INFORMES ANUALES
Por su parte, en la queja 04/1675 se cuestionaba el importe de la tasa, cuya cuantía era de 338,75 euros, establecida para acceder al concurso público para la adjudicación de oficinas de farmacias, regulado por Orden de 3 de Marzo de 2004 de la Consejería de Salud (BOJA 9 de Marzo) porque, a juicio del interesado, resultaba excesivo si se compara con el importe de otras tasas exigidas para participar en concursos públicos por la Comunidad Autónoma de Andalucía. Además, podría darse la circunstancia de que no se hubiese respetado el principio de equivalencia establecido en la normativa sobre tasas en virtud del cual el importe de la tasa no podrá exceder, en su conjunto, el coste real o previsible del servicio o actividad de que se trate o, en su defecto, del valor de la prestación recibida ya que el procedimiento instaurado es la autobaremación que solo precisa su verificación.
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